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Efectos de la Ley Sarbanes-Oxley en la Auditoría y Fortaleza del Control Interno
Publicado por: Arturo Lara el 14 de Diciembre, 2009 a las 08:13 PM
Efectos de la Ley Sarbanes-Oxley en la Auditoría y Fortaleza del Control Interno
Evelyn Patterson
Reed Smith
Con la llegada de la Ley Sarbanes-Oxley al mundo de la auditoría, tanto administradores como auditores, se han visto en la necesidad de rediseñar sus estrategias de selección y evaluación del Control Interno.
Para los administradores, el implementar un mejor sistema de Control Interno les genera gastos y sobretodo restricciones. A ellos les gustaría “cero” control interno para evitar los gastos extra, pero si llegará a haber problemas dentro de la empresa, ellos serían los principales responsables. Por otro lado, al auditor le conviene que el administrador tenga un eficiente control interno para que la revisión en la auditoría sea menor y que su margen de utilidad sea mayor al necesitar menos recursos. Sin embargo, el auditor no debe dejar de analizar los incentivos naturales que tiene el administrador para sobrepasar el sistema. Estas acciones generan para ambas partes un costo; para el administrador, el costo de manipular el control interno; mientras que para el auditor la pérdida de su reputación y el costo de litigios por un fraude no detectado.
La idea principal de esta investigación es probar que la Ley Sarbanes-Oxley tiene el efecto de inducir sistemas fuertes de Control Interno y reducir el fraude, así como aumentar el riesgo de auditoría.
Se comparan dos modelos:
• Tradicional, es decir antes de SOX,
• Modelo Administrador/Auditor, es posterior a la llegada de la misma ley, en el que se refleja mayor responsabilidad del administrador y el auditor.
• Variación al Modelo: Penalización para Administrador y Auditor.
En el modelo estudiado la decisión de elegir la fortaleza de control interno y el nivel de fraude es del administrador, haciéndolo sin saber cuál es la decisión del auditor en cuanto a la intensidad de la revisión en las pruebas de control. Mientras que el auditor elige la intensidad en la revisión de las pruebas de control, que le proveen información acerca de la fortaleza del control interno de la compañía, si detecta alguna probabilidad de fraude, basándose en los resultados escoge el monto de las pruebas sustantivas.
La variación en el modelo estudiado es que tanto el Auditor como el Administrador sufren una penalización bajo la ley Sarbanes-Oxley si no cumplen con los requerimientos mínimos. El auditor esta forzado a observar los controles, con el fin de informar sobre ellos, bajo la sección 404 de la ley, para poder reportar sobe el Control interno se le establece un nivel base de pruebas de control, si no lo cumple tiene más probabilidad de que ocurra el fraude y no sea detectado, sufriendo penalizaciones como litigios o la pérdida de su reputación. El administrador está obligado a tener un mínimo requerido de control interno, esto es bajo la sección 303 de la ley, al no cumplir con el nivel requerido y si el auditor encuentra deficiencias, el administrador es penalizado.
Por lo tanto se logra un equilibrio, en el cual el administrador no quiere ser penalizado con lo cual tiene un buen control interno, reduciendo la probabilidad de fraude, con esto el auditor revisa menos y puede ahorrarse costos en la auditoría.
Básicamente, la investigación se basa en la teoría del agente-principal, donde la información corre de manera asimétrica entre las partes relacionadas con la auditoría, mientras el auditor requiere de la mayor información posible para la realización de su trabajo y la evaluación del control interno; el administrador, sólo le proporcionará la información necesaria, con la intención de facilitar la consecución de sus intereses.
De esta manera, el modelo se centra en la maximización de la utilidad, diferencias de intereses y el riesgo asumido por ambas partes como consecuencia de la asimetría en el reparto de la información.
La importancia del estudio radica en que la implementación de esta nueva ley, da un gran beneficio no solo a la profesión contable, sino también a toda la comunidad de negocios en general. Con la llegada de la ley se crea confianza en el inversionista, que en años pasados mantuvo incertidumbre por los casos de compañías y firmas de auditores, relacionadas en grades escándalos financieros. Tanto para la directiva de la empresas y para los auditores hay un gran costo-beneficio que se reflejará a la larga y el sistema será más transparente facilitado el trabajo de ambas partes.
Ente los beneficios que podemos observar de la Ley Sarbanes-Oxley es que establece un nuevo horizonte corporativo en cuanto a responsabilidad, medición, transparencia y conducta. Nos hace pensar en nuevas y mejores prácticas para los procesos en las empresas; haciendo que las que aplican los requerimientos de la nueva ley sean vistas en el mundo de los negocios como empresas fiables.
También consideramos que cumple una función importante recordándoles a los administradores, inversionistas, profesionistas, estudiantes etc., la importancia que tienen los valores, tales como; ética, responsabilidad, honestidad, en la sociedad en la que coexistimos.
Realizado por: Nahita Trejo Rodríguez; Ma. Teresa Nava Veloquio; Gabriel Mejía.
Evelyn Patterson
Reed Smith
Con la llegada de la Ley Sarbanes-Oxley al mundo de la auditoría, tanto administradores como auditores, se han visto en la necesidad de rediseñar sus estrategias de selección y evaluación del Control Interno.
Para los administradores, el implementar un mejor sistema de Control Interno les genera gastos y sobretodo restricciones. A ellos les gustaría “cero” control interno para evitar los gastos extra, pero si llegará a haber problemas dentro de la empresa, ellos serían los principales responsables. Por otro lado, al auditor le conviene que el administrador tenga un eficiente control interno para que la revisión en la auditoría sea menor y que su margen de utilidad sea mayor al necesitar menos recursos. Sin embargo, el auditor no debe dejar de analizar los incentivos naturales que tiene el administrador para sobrepasar el sistema. Estas acciones generan para ambas partes un costo; para el administrador, el costo de manipular el control interno; mientras que para el auditor la pérdida de su reputación y el costo de litigios por un fraude no detectado.
La idea principal de esta investigación es probar que la Ley Sarbanes-Oxley tiene el efecto de inducir sistemas fuertes de Control Interno y reducir el fraude, así como aumentar el riesgo de auditoría.
Se comparan dos modelos:
• Tradicional, es decir antes de SOX,
• Modelo Administrador/Auditor, es posterior a la llegada de la misma ley, en el que se refleja mayor responsabilidad del administrador y el auditor.
• Variación al Modelo: Penalización para Administrador y Auditor.
En el modelo estudiado la decisión de elegir la fortaleza de control interno y el nivel de fraude es del administrador, haciéndolo sin saber cuál es la decisión del auditor en cuanto a la intensidad de la revisión en las pruebas de control. Mientras que el auditor elige la intensidad en la revisión de las pruebas de control, que le proveen información acerca de la fortaleza del control interno de la compañía, si detecta alguna probabilidad de fraude, basándose en los resultados escoge el monto de las pruebas sustantivas.
La variación en el modelo estudiado es que tanto el Auditor como el Administrador sufren una penalización bajo la ley Sarbanes-Oxley si no cumplen con los requerimientos mínimos. El auditor esta forzado a observar los controles, con el fin de informar sobre ellos, bajo la sección 404 de la ley, para poder reportar sobe el Control interno se le establece un nivel base de pruebas de control, si no lo cumple tiene más probabilidad de que ocurra el fraude y no sea detectado, sufriendo penalizaciones como litigios o la pérdida de su reputación. El administrador está obligado a tener un mínimo requerido de control interno, esto es bajo la sección 303 de la ley, al no cumplir con el nivel requerido y si el auditor encuentra deficiencias, el administrador es penalizado.
Por lo tanto se logra un equilibrio, en el cual el administrador no quiere ser penalizado con lo cual tiene un buen control interno, reduciendo la probabilidad de fraude, con esto el auditor revisa menos y puede ahorrarse costos en la auditoría.
Básicamente, la investigación se basa en la teoría del agente-principal, donde la información corre de manera asimétrica entre las partes relacionadas con la auditoría, mientras el auditor requiere de la mayor información posible para la realización de su trabajo y la evaluación del control interno; el administrador, sólo le proporcionará la información necesaria, con la intención de facilitar la consecución de sus intereses.
De esta manera, el modelo se centra en la maximización de la utilidad, diferencias de intereses y el riesgo asumido por ambas partes como consecuencia de la asimetría en el reparto de la información.
La importancia del estudio radica en que la implementación de esta nueva ley, da un gran beneficio no solo a la profesión contable, sino también a toda la comunidad de negocios en general. Con la llegada de la ley se crea confianza en el inversionista, que en años pasados mantuvo incertidumbre por los casos de compañías y firmas de auditores, relacionadas en grades escándalos financieros. Tanto para la directiva de la empresas y para los auditores hay un gran costo-beneficio que se reflejará a la larga y el sistema será más transparente facilitado el trabajo de ambas partes.
Ente los beneficios que podemos observar de la Ley Sarbanes-Oxley es que establece un nuevo horizonte corporativo en cuanto a responsabilidad, medición, transparencia y conducta. Nos hace pensar en nuevas y mejores prácticas para los procesos en las empresas; haciendo que las que aplican los requerimientos de la nueva ley sean vistas en el mundo de los negocios como empresas fiables.
También consideramos que cumple una función importante recordándoles a los administradores, inversionistas, profesionistas, estudiantes etc., la importancia que tienen los valores, tales como; ética, responsabilidad, honestidad, en la sociedad en la que coexistimos.
Realizado por: Nahita Trejo Rodríguez; Ma. Teresa Nava Veloquio; Gabriel Mejía.
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